EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR COMO PRINCIPIO RECTOR DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

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6 años 9 meses antes #268 por ZULEIMA DEL CARMEN
Desde la entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los derechos del niño, se indujo a una transformación que implica la incorporación de los derechos infantiles como principios guías para la formación de políticas públicas (función justificativa y directiva), dado que los menores por sus características o condiciones naturales, requieren de una protección especial y además el reconocimiento como titulares de derecho, los cuales deben ser una consideración primordial, no solo respecto a la producción normativa pues además en todas las medidas que estén relacionadas directa o indirectamente con ellos, se resalta la función del interés superior del menor, como el principio heterogéneo determinante que trasciende todos los ámbitos y autoridades, superando así las acostumbradas predisposiciones asistencialistas que hacen distinción del derecho público y el derecho privado.

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